Acogerse del beneficio de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores. | Ecuador
Procedimiento para adultos mayores que tienen derecho a la exención del pago del 50% del valor del consumo de energía eléctrica de un medidor por los primeros 138 kWh; También establece una exención del 50% del pago de energía eléctrica para instituciones sin fines de lucro que brinden asistencia a personas de la tercera edad, tales como: asilos, albergues, cafeterías e instituciones gerontológicas.
¿para quien es esto?
- Pueden beneficiarse del Impuesto de Mayores todas las personas físicas de 65 años o más.
- Todas las personas jurídicas o instituciones geriátricas, hogares de ancianos u otros que presten servicios a todas las personas de 65 años o más (ancianos).
Direccionado a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Física - Ecuatoriana, Persona Física - Extranjera.
¿Qué recibiré si completo con éxito el proceso?
Si se aprueba el trámite, el beneficio tarifario se verá reflejado en la próxima facturación
Si el trámite no es aprobado, los resultados serán informados por correo electrónico o mensaje de texto al celular.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos obligatorios:
Individual (65 años y más)
- Número de identificación de ciudadano.
- Estar al día en los pagos de la hoja del servicio eléctrico.
- No tener el subsidio en otro servicio de energía eléctrica.
- Formulario de solicitud del beneficio firmado (aplica para casos presenciales).
Para instituciones geriátricas, residencias de ancianos u otras que presten servicios a personas de la tercera edad
- Acuerdo Ministerial por el que se establece que la institución, ya sea: asilo, albergue, cafetería o institución gerontológica, se dedique al cuidado de los adultos mayores.
- Presentar la cédula de ciudadano del representante legal.
- Estar al día en los pagos de la hoja del servicio eléctrico.
- No tener el subsidio en otro servicio de energía eléctrica.
- Formulario de solicitud del beneficio firmado (aplica para casos presenciales).
Requisitos especiales:
Si es Inquilino, es necesario presentar la Autorización del Propietario del Inmueble, indicando que el cambio de nombre se realiza mientras el inquilino tenga su domicilio en el inmueble para beneficiarse de la Asignación para la Tercera Edad.
Formatos y archivos adjuntos
¿Cómo tramite?
Proceso:
En persona: Acérquese a las mesas de atención al cliente de Emelnorte, disponibles en todas sus sucursales y en la Casa Matriz; La documentación presentada será analizada y en base a ella se concederá o denegará la solicitud.
Canales de atención:
En persona.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite es gratuito
¿Dónde y cuáles son los horarios de apertura?
El horario de atención al cliente es de lunes a viernes de 7:30 am a 4:15 pm. Trabajamos sin interrupción.
Sede Ibarra Dirección: Calle Grijalva 6 - 54 y Olmedo
Las direcciones de nuestras oficinas y agencias se encuentran en el siguiente enlace:
https://www.emelnorte.com/eern/index.php/2022-07-05-15-24-49/agencias
Contacto para atención al ciudadano
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Ley Orgánica de la Tercera Edad. - Elementos). Artículo 13.
Exención del 50% del valor del consumo ocasionado por la utilización de los servicios de medidor de energía eléctrica, cuyo consumo mensual sea hasta 138 KW/hora; […] residencia del beneficiario en su dirección. Todos los demás medidores o aparatos de telefonía fija domiciliaria que figuren a nombre del beneficiario o de su cónyuge o pareja de hecho, pagarán la tarifa normal, así como los consumos que excedan los límites aquí propuestos.
[…]
Además, se exonera el 50% del valor del consumo ocasionado por el uso de los servicios de medidores de electricidad, agua potable y tarifa telefónica para las instituciones sin fines de lucro que presten servicios a terceros, tales como: asilos, albergues, comedores sociales e instituciones. .gerontológico
[…]
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- La Ley Orgánica de las Personas Mayores entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial. Con la publicación de esta nueva Ley, se cambia fundamentalmente el límite de 120 kWh-mes a 138 kWh-mes para la aplicación del subsidio que beneficia a los consumidores del SPEE mayores de 65 años.
Última Fecha de Actualización: 2022/06/11.
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