Solicitar el Montepío al IESS en línea
Ahora usted puede gestiona fácilmente tu pensión Montepío IESS desde casasin necesidad de trasladarte a la institución, aún puedes contar con nosotros en RunEcuador.com, estamos comprometidos a ayudarte en el proceso que necesites.
Montepio IESS es un seguro que puede solicitar la viuda o viudosí hijos solteros o el padres de un miembro fallecidosin costo.
A continuación se enumeran los condiciones e información de contacto para aplicar en línea a Montepio IESS.
¿Qué es Montepio del IESS y en qué consiste?
El IESS Montepio Es una pensión mensual pagada por el IESS al beneficiario de un jubilado fallecido que recibe una pensión de vejez o invalidez, o una persona fallecida que al momento de fallecer había pagado al menos 60 contribuciones mensuales (durante cinco años) o estaba dentro del período de protección de una muerte beneficio.
Paso a paso del proceso de postulación al IESS Montepío
Te mostramos el paso a paso del procedimiento y las condiciones para acceder a los beneficios de retiro de Montepío IESS. Presta atención a cada paso.
Solicitar Montepio IESS
- iniciar sesión: www.iess.gob.ecSeleccione 'pensionistas' luego ve a "Servicio en línea«.
- Entra en la sección «Pensión Montepio de Viuda y Orfanato«.
- introducir el número de identificación Del solicitante.
- introducir el datos necesarios a través del sistema y seleccione el botón “Generar solicitud”. Imprima y guarde la solicitud.
- Ir Módulo de atención al cliente del IESS y presentar los documentos solicitados o aceptar la solicitud a través de la página web del IESS.
Requisitos del IESS Montepio
A la espera de la entrega de sus documentos en la unidad local del régimen de pensiones Montepío IESS, donde solicitan los siguientes requisitos:
Requisitos para viudo, viuda o pareja de hecho
- Formulario de solicitud impreso en la página web del IESS.
- Acta de defunción del difunto.
- Documento de identidad o prueba de identidad y estado civil (estado civil: viudo).
- Comprobante de cuenta bancaria.
- Acta de matrimonio (solo si el causante se jubila por vejez, invalidez o enfermedad).
Si la convivencia ha sido legalmente declarada a título póstumo (art. 17 del DA 100) y el estado civil es viudez, el solicitante de pensión de viudedad debe iniciar el trámite de inscripción en el Registro Civil y puede iniciar el trámite del IESS. las autoridades competentes.
Requisitos para hijo o hija
- Formulario de solicitud impreso disponible en el sitio web del IESS.
- Acta de defunción del difunto.
- Documento de identidad o prueba de identidad y estado civil del solicitante Montepío IESS.
- Comprobante de cuenta bancaria.
- Si el beneficiario de la suma a tanto alzado es un hijo mayor de 18 años que no puede trabajar, deberá presentar además los siguientes documentos
- Certificado médico y comprobante de incapacidad para el trabajo (el certificado médico y comprobante emitido fuera del IESS debe incluir el código ICD10, el nombre del diagnóstico, la sensibilidad del tratamiento, el estado de salud actual y el pronóstico).
- Un esquema del lugar de nacimiento del solicitante.
requisitos para la madre
Si no hay viudo, pareja o hijo, la madre que residía con el asegurado fallecido tiene derecho a pensión única y debe cumplir los siguientes requisitos:
- Formulario de solicitud impreso disponible en el sitio web del IESS.
- Acta de defunción del difunto.
- Constancia de identidad o documento de identidad del solicitante y constancia de estado civil.
- Certificado de cuenta bancaria.
- Acta de nacimiento del difunto.
- Esquema de la dirección del solicitante.
Requisitos para padres discapacitados
En ausencia de la viuda, pareja, hijo o madre del asegurado fallecido, el progenitor discapacitado que residía con el fallecido tiene derecho a recibir la suma global y debe cumplir los siguientes requisitos:
- Solicita montepío a través de la página web del IESS.
- Un formulario de solicitud impreso creado en el sitio web del IESS.
- Acta de defunción del difunto.
- Documento de identidad o prueba de identidad y del cónyuge del solicitante por la cantidad fijada.
- Comprobante de cuenta bancaria.
- Acta de nacimiento del difunto.
- Un esquema de la dirección del solicitante.
- Certificado médico/certificado de incapacidad para el trabajo, emitido fuera del IESS, debe contener el código ICD10, el nombre del diagnóstico, susceptibilidad al tratamiento, estado de salud actual y pronóstico, debe estar registrado en el Ministerio de Salud Pública y debe estar firmado por el especialista según el nombre del diagnóstico.
Importante: Los requisitos anteriores deben presentarse en la ventanilla de gestión documental del IESS o en una ventanilla virtual a través del siguiente enlace: app.iess.gob.ec/iess-gestion-recepcion-formularios-web/public/tramite.jsf
Montepío IESS Preguntas Frecuentes y Preguntas Frecuentes
A continuación presentamos las preguntas más frecuentes de las personas interesadas en obtener el Monte IESS
¿Quién puede solicitar una pensión de viudedad?
Según el artículo 194: De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Seguro Social, tienen derecho a pensión el cónyuge del asegurado fallecido o jubilado y los que, al menos dos años inmediatamente anteriores al fallecimiento del causante, estuvieren casados. para la viudez de hecho, solteros y bajo el mismo techo que él, aunque no estén actualmente casados, si no han estado casados por lo menos durante dos años, la presencia de hijos comunes es suficiente.
¿Cuál es el monto de la prestación de supervivencia para la viuda o viudo y los hijos del difunto?
El importe mensual de la pensión de viudez se calcula de la siguiente manera:
- Si la viuda o viudo, o el sobreviviente de una unión legalmente declarada y registrada, es el único beneficiario de la pensión de viudedad, percibirá el 60% de los ingresos correspondientes al causante.
- En el caso de grupo familiar, el 60% corresponde a la viuda o viudo y el 40% restante se distribuye a prorrata según el número de hijos menores con derecho a pensión, abonándose la misma proporción al progenitor con derecho a pensión de sobreviviente. . .
¿Hasta qué edad se paga la pensión de orfandad?
Hasta que cumpla 18 años y pierda su capacidad para trabajar. Para los huérfanos pensionados que hayan perdido la capacidad laboral, hasta que se casen o celebren unión libre, hasta que recuperen la capacidad laboral o cuando su situación económica cambie a su favor.
Contacto para Montepio en el IESS
El IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) cuenta con varios números telefónicos para atender solicitudes y consultas de actualización de datos.
Estos son los números del call center del IESS
- (02) 3945 666 – quejas o sugerencias.
- 1800-biESS7 (1800-243777) – BIESS.
Estos números conducen directamente al centro de llamadas del IESS donde puede obtener asistencia telefónica durante el horario comercial. Horario: 8 am a 5 pm (lunes a viernes).
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